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Cedula de su magestad, a instancia del reyno, tiene por bien y manda, que por tiempo de veynte años no se labre ningun genero de moneda de vellon y manda su magestad no puedan dispensar en esto los procuradores de cortes sin consulta de sus ciudades y villas

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Autor
Datos de publicación
[S.l.] : [s.n.], 1619
Descripción física
[3] p.; Fol
Notas
Sign.: H2
Páginas numeradas de 113 al 115
Palau
Materias
Copia digital
Biblioteca del Banco de España 2019. Signatura: FEV-AV-M-04732
Aparece en las colecciones:


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