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Los determinantes del excedente de recursos propios de las entidades españolas

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Autor
Fecha de publicación
may-2002
Resumen
A finales de los años sesenta, el sistema financiero español estaba sujeto a una regulación estructural bastante rígida, que se traducía en la imposibilidad para las entidades de fijar libremente los precios, las cantidades o la capacidad productiva. La ausencia de competencia generaba importantes costes para los clientes de activo y pasivo de las entidades, traduciéndose en unas rentas oligopolísticas para las entidades instaladas. La regulación del sistema bancario español no era muy diferente de la que existía, por las mismas fechas, en Europa o, incluso, en Estados Unidos. Así, los tipos de interés, tanto de activo como de pasivo, se fijaban administrativamente, sin que las entidades tuvieran libertad para variarlos. Existían coeficientes de inversión obligatoria que se traducían en una elevada cautividad de los recursos captados por las entidades y en la imposibilidad de invertir en los sectores o proyectos que mayor atractivo ofrecían. Existían, también, limitaciones muy importantes a la apertura de oficinas bancarias, tanto para bancos como para cajas de ahorros. Además, había fuertes restricciones a la entrada de nuevas entidades. El negocio que desarrollaban bancos y cajas difería sustancialmente: los primeros, centrados en empresas; y los segundos, en particulares, normalmente con escaso poder adquisitivo.
Notas
Artículo de revista
Publicado en
Estabilidad Financiera / Banco de España, 2 (marzo 2002), p. 59-73
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