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Prematica en que su Magestad manda, que toda la moneda de vellon que al presente corre, buelua al mismo estado que tenia antes de executarse la baxa, que se publicò en quinze de Setiembre de mil y seiscientos y quarenta y dos, excepto la antigua labrada antes del año de mil y quinietos y nouenta y siete, que comunmente llama de calderilla, que oy corre con valor de quatro y ocho mrs. en la qual no se haze nouedad, y toda la demas se mada crecer, para que la pieça que oy vale dos mrs. valga de aqui adelante ocho mrs. que es lo mismo que valia antes de la baxa, Y tambien se manda, que el premio de plata no pueda exceder de cincuenta por ciento 1651
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