Real Cedula de S.M. y señores del Consejo, por la qual se prescribe lo que debe observarse para el uso, y conservacion de los Expecíficos que se inventasen útiles a la salud, y evitar que semejantes medicamentos perezcan, y que el inventor caiga en la desconfianza de manifestarle á los facultativos que los aprovechen en su perjuicio
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