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Real cedula de S.M. y señores del consejo por la qual se declara que las personas á quienes en el artículo segundo de la de 16 de septiembre de 1784 se conserva su fuero quando fueren reconvenidas en los juzgados ordinarios por causas en que las demas personas quedan desaforadas deberán proponer y justificar en los mismos juzgados sus excepciones siempre que estas no consten por notoriedad

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Autor
Datos de publicación
Madrid : En la Oficina de la Viuda de Marin, 1791
Descripción física
[8] p.; Fol.
Notas
Cédula 1791-11-11
Sign.: [ ]4
Portada con escudo real xilográfico
Publicado en
Colección cronológica de Reales Pragmáticas, Cédulas, Decretos, etc. del Conde de Campomanes, 22
FEV-SV-G-00096, 26
Materias
Copia digital
Biblioteca del Banco de España 2016. Signatura: FEV-SV-G-00096_26
Aparece en las colecciones:


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