Comisiones Especiales
En los Estatutos de 1848, publicados tras la fusión de los Bancos de San Fernando y de Isabel II, en su artículo 26 se menciona que la Junta de Gobierno podrá delegar en una o más comisiones parte de sus atribuciones para lograr el rápido despacho de los negocios. Las Comisiones Especiales aparecerán, por primera vez mencionadas como tales, en los Estatutos de 1852 del Banco Español de San Fernando y se mantienen una vez que se convierte en Banco de España en 1856. Tenían como función hacerse cargo de los asuntos específicos que les requiriese el Consejo de Gobierno del Banco y, que no estuviesen comprendidos dentro de las atribuciones de las Comisiones permanentes que en ese momento existiesen. Podían crearse todas las comisiones que el Consejo considerase necesarias y, una vez terminado su cometido, cesaban en sus funciones. Desaparecen en 1962 como consecuencia de la nacionalización del Banco de España.
Browse
Collections
Last Additions
