Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo en que se prohibe la fundacion de Mayorazgos aunque sea por via de agregacion ó de mejora de tercio y quinto, y aun por los que no tengan herederos forzosos, disponiendose que no se puedan enagenar perpetuamente los bienes, raices, ó estables, sin que para ello preceda Real licencia

