Real cedula de S.M. y señores del consejo, por la qual se declara, que dexando en libertad a los pueblos que tengan sobrantes para imponerlos sobre la renta del tabaco, es preferible esta imposicion a la de acudir con ellos a la paga de extraordinaria contribucion de los demas pueblos que carecen de dichos sobrantes, en la conformidad que se expresa
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