Authors
Issue Date
Nov-2004
Abstract
Tras más de cinco años de intenso trabajo, el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea ha aprobado el texto para un Nuevo Acuerdo de Capital (conocido como «Basilea II»), que sustituirá al actual Acuerdo de 1988. En la Unión Europea este texto dará lugar a una nueva directiva de adecuación de capital de las entidades de crédito y empresas de inversión, que, a su vez, se transpondrá a las normativas nacionales para su entrada en vigor a partir de diciembre de 2006. Basilea II introduce nuevos elementos en la regulación del capital, la acerca a las mejores prácticas bancarias y, principalmente, es mucho más que una mera exigencia de capital: su objetivo fundamental es servir de estímulo para la mejora de la gestión de los riesgos de las entidades de crédito, como una forma de garantizar la estabilidad de los sistemas financieros y, en consecuencia, de los sistemas económicos. El propósito de los autores al escribir este artículo no es realizar una descripción de la nueva normativa desde un punto de vista estático, sino dinámico, describiendo el largo proceso seguido para desarrollarla y las dificultades para su implementación, con los instrumentos diseñados para afrontarlas. Y todo ello desde la doble perspectiva de los trabajos realizados en el ámbito internacional, de Basilea, y en el ámbito europeo, de la Comisión Europea. La descripción del proceso ya pasado y de los retos que se esperan para el futuro no solo es ilustrativa para entender de una manera más completa y dinámica la nueva normativa, sino que se enmarca dentro de la filosofía general de la misma: Basilea II es un marco evolutivo, que irá acogiendo las nuevas prácticas bancarias a medida que estas se consoliden y sean asumibles para la regulación prudencial.
Notes
Artículo de revista
Publish on
Estabilidad Financiera / Banco de España, 7 (noviembre 2004), p. 9-57
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