Real Cédula de S. M. de 6 de Julio de 1786 por la que se sirve derogar por ahora la del 15 de Julio de 1784 en que se prescribian varias reglas para evitar las extracciones clandestinas de dinero, que se hacian á Reynos extraños desde las Provincias esentas, mandando se observe la Real Orden de 5 de Mayo de 1780 que trata de el que puede conducirse á ellas, segun se expresa